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XUSTIZA UNIVERSAL

As restricións da xustiza internacional

Pakoma Soria (Diagonal - 06-05-10)

Dadas las limitaciones de la Corte Penal Internacional, no deberían dejarse de lado otras herramientas como la aplicación de la Justicia Universal.

En julio de 1998, la firma del Estatuto de Roma (ER) dio lugar a la Corte Penal Internacional, tribunal permanente que nace con el objetivo de poner fin a la impunidad de los crímenes más atroces, y de contribuir a prevenir nuevos crímenes. Basándose en gran parte en la jurisprudencia desarrollada por los Tribunales Penales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda, condena un amplio catálogo de crímenes de género, lo que permitirá que la violencia sufrida por las mujeres en los conflictos sea juzgada, condenada y reparada. Desde su entrada en vigor en 2002, la Corte ha imputado a varias personas por delitos de esclavitud sexual como crimen de guerra, o de violación como lesa humanidad.

A pesar del avance que supone la creación de una corte permanente en la lucha contra la impunidad, tiene grandes limitaciones. Carece de competencia sobre los Estados que no han firmado el ER y tampoco puede ser eficaz sin una auténtica voluntad política que no supedite la justicia a otros intereses, algo que aún está en entredicho. Otra muestra de la importancia de la voluntad política para que sea posible hacer justicia, es el principio de Justicia Universal. Este principio permite que un tribunal nacional, en España la Audiencia Nacional (AN), juzgue crímenes de derecho internacional que han ocurrido en el territorio de otro Estado, cuando este último no está investigando de forma efectiva. El año pasado España limitó de forma drástica el alcance de este principio, por los conflictos políticos que le supuso una querella presentada en la AN contra Israel. No obstante, es importante no dar un paso atrás en la lucha y seguir usando estos espacios de justicia para juzgar los crímenes de género. En España los esfuerzos por enjuiciar los crímenes de género en la AN en base a la Justicia Universal se iniciaron en el 2008, con el caso Atenco, presentado por Women’s Link Worldwide, y en la actualidad estamos trabajando para que estos crímenes sean investigados en otros casos, como en el del genocidio en Guatemala durante el conflicto interno que sufrió el país durante los años ‘80 y ‘90.

Es necesario promover también el enjuiciamiento de los crímenes cometidos contra las mujeres en los tribunales nacionales. Ejemplo de ello es el caso de Argentina, que desde 2003 está juzgando a los autores de los atroces crímenes ocurridos durante la segunda dictadura militar. Una vez que estos crímenes sean investigados y sus autores condenados, debemos seguir adelante, porque a pesar de las condenas, no tendremos una auténtica justicia si no se repara a las víctimas.



Categoría: Opinión